Sanciones

Retiro

El retiro voluntario para los asociados lo autoriza la Junta Directiva, previa solicitud escrita del interesado y presentación del paz y salvo.

Expulsión

La expulsión de los asociados la aplicará la Junta Directiva por votación de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes.

La expulsión solo podrá realizarse previa comprobación de las irregularidades cometidas por el implicado en detrimento de la estabilidad y el prestigio de la institución, con sujeción al debido proceso establecido en el reglamento del MRRE, observando los principios del derecho a la defensa, doble instancia, publicidad y contradicción, legalidad de la prueba, respeto por la dignidad humana, etc.